Junta de Investigación sobre el Tiempo, el Clima, el Agua y el Medioambiente

Junta de Investigación sobre el Tiempo, el Clima, el Agua y el Medioambiente

La Junta de Investigación convierte los fines estratégicos de la Organización Meteorológica Mundial (OMM) y las decisiones del Consejo Ejecutivo y del Congreso en prioridades de investigación fundamentales y, al mismo tiempo, vela por la aplicación y la coordinación de los programas de investigación a fin de materializar esas prioridades de conformidad con las finalidades de la Organización definidas en el Artículo 2 f) del Convenio de la OMM.

La Junta coordinará la aplicación de los programas de investigación de la OMM y la obtención de recursos para tal fin, teniendo en cuenta las orientaciones del Grupo Consultivo Científico del Consejo Ejecutivo. Asimismo, atenderá las necesidades de los Miembros y apoyará la aplicación del Plan Estratégico de la OMM basándose en los planes científicos y de ejecución aprobados por el Consejo Ejecutivo y los órganos rectores copatrocinadores, según proceda, para los programas y las actividades de investigación de la Organización.

Mandato específico

  • Promoverá la convergencia e integración entre los distintos programas de investigación dentro y fuera de la OMM, según proceda.
  • Iniciará, coordinará y promoverá actividades de investigación centradas en los aspectos meteorológicos, climáticos, hidrológicos y medioambientales conexos por conducto de los programas de investigación de la OMM y copatrocinados por ella (Programa Mundial de Investigaciones Climáticas (PMIC), Sistema Mundial de Observación del Clima (SMOC), Sistema Mundial de Observación de los Océanos (SMOO), Programa Mundial de Investigación Meteorológica (PMIM), Vigilancia de la Atmósfera Global (VAG) y otros posibles programas de investigación futuros) tomando en consideración el asesoramiento del Grupo Consultivo Científico y teniendo en cuenta las diferentes necesidades de los miembros.
  • Guiará la ejecución de los programas de investigación de la OMM y servirá de punto principal de contacto en la Organización para los aspectos de la investigación meteorológica, climática, hidrológica y medioambiental conexa.
  • Asegurará una coordinación y cooperación estrechas entre los programas de investigación de la OMM y velará por que se eviten las duplicaciones en las estructuras y los órganos.
  • Mantendrá un equilibrio óptimo entre las iniciativas de investigación sobre el tiempo, el clima, el agua, los océanos y el medioambiente e impulsará las sinergias entre esas iniciativas.
  • Velará por que los programas de investigación se apliquen de acuerdo con los planes de ejecución acordados y por que esos planes sigan siendo vigentes.
  • Promoverá el diseño conjunto de iniciativas de investigación cuya finalidad sea fortalecer el vínculo de "la ciencia con los servicios" a fin de satisfacer las necesidades de los usuarios y mejorar la prestación de servicios a los Miembros.
  • Promoverá actividades destinadas a fortalecer el desarrollo científico en esferas pertinentes en beneficio de todos los Miembros y, en particular, de los países en desarrollo y los pequeños Estados insulares en desarrollo.
  • Velará por una estrecha coordinación entre las ciencias físicas y sociales.
  • Promoverá la incorporación de la ciencia a los servicios y las aplicaciones.
  • Establecerá una coordinación eficaz con las comisiones técnicas, el Comité Mixto OMM/COI sobre Oceanografía y Meteorología (CMOM) y otros órganos pertinentes, según proceda.
  • Organizará actividades de comunicación y divulgación eficaces a fin de informar a la comunidad sobre las iniciativas en curso, los logros y las oportunidades.
  • Aplicará un sistema de reconocimiento de los logros y de promoción de la innovación y de la participación de jóvenes profesionales.

Composición

La Junta de Investigación estará compuesta por un número óptimo de destacados científicos investigadores y gestores de fondos destinados a la investigación que ejerzan su actividad en el ámbito de la meteorología, la climatología, la hidrología, la oceanografía y las ciencias medioambientales y sociales conexas, teniendo en cuenta el equilibrio geográfico y la Política de la OMM sobre la Igualdad de Género, incluidos:

a) los presidentes de los comités de supervisión/directivos científicos de los programas de investigación de la OMM (Programa Mundial de Investigaciones Climáticas (PMIC), Programa Mundial de Investigación Meteorológica (PMIM), Vigilancia de la Atmósfera Global (VAG)) en calidad de miembros ex officio.

b) representantes de la Comisión Oceanográfica Intergubernamental (COI) de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) y del Consejo Internacional para la Ciencia (CIUC) (actualmente, Consejo Internacional de Ciencias (CIC) después de fusionarse con el Consejo Internacional de Ciencias Sociales (CICS) en 2018), así como de importantes organizaciones de financiación de la investigación a nivel mundial y regional, con arreglo al asesoramiento del presidente de la Junta de Investigación y del Grupo Consultivo Científico.

c) un representante de cada asociación regional, según su capacidad para establecer vínculos con las instituciones científicas regionales y las actividades que llevan a cabo.

La duración de los cargos será de cuatro años, con posibilidad de renovarse una vez por otros cuatro años; en el caso de los miembros ex officio, la duración de su cargo se corresponderá con la de su mandato.

Procedimientos de trabajo

La Junta tendrá un presidente y un vicepresidente, nombrados por el Congreso. El Consejo Ejecutivo designará a los miembros.

El presidente de la Junta de Investigación, atendiendo a las recomendaciones de la COI, el CIUC, otras iniciativas internacionales de investigación pertinentes y el Grupo Consultivo Científico, propondrá los tres presidentes de los programas de investigación (PMIM, VAG y PMIC), que serán nombrados por el Consejo Ejecutivo. En el caso de programas de investigación copatrocinados, el presidente será seleccionado de común acuerdo entre las organizaciones copatrocinadoras.

El presidente de la Junta de Investigación tiene la responsabilidad de velar por la coordinación de las actividades realizadas en el seno de ese órgano junto con los presidentes de las comisiones técnicas y las asociaciones regionales, quienes, de igual manera, coordinarán su labor con el presidente de la Junta de Investigación.

La Junta se reunirá, en principio, una vez al año.

La Junta podrá establecer subestructuras de duración limitada que se encargarán de tareas específicas durante un período entre reuniones. Dichas subestructuras se disolverán al final de cada período entre reuniones.

La Junta velará por que en todas sus estructuras y planes de trabajo exista un equilibrio regional y de género y se aplique un enfoque inclusivo.