Reforma de la gobernanza

Reforma de la gobernanza

La Organización Meteorológica Mundial (OMM), creada en 1950, reconoce la necesidad de adaptarse constantemente a un mundo en rápida evolución. La degradación del medioambiente, la escasez de recursos, el aumento de la competencia, los avances tecnológicos y otros factores impulsan la necesidad de efectuar una reforma de manera periódica. La finalidad de la OMM es seguir siendo apta para cumplir los objetivos que se ha marcado y llevar a cabo su actividad de forma cada vez más ágil y rentable.

¿Por qué reformar?

La OMM atiende los intereses de sus Miembros. Les brinda apoyo para la consecución de sus objetivos de la manera más eficiente y rentable posible. En particular, los Miembros de la OMM están comprometidos a suministrar información y servicios meteorológicos, climáticos e hidrológicos que les sean útiles a las instancias decisorias en todos los niveles de la sociedad. Esos servicios contribuyen al cumplimiento de la agenda mundial, especialmente a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, al Marco de Sendái para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 y al Acuerdo de París de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático.

La Organización Meteorológica Mundial (OMM), creada en 1950, reconoce la necesidad de adaptarse constantemente a un mundo en rápida evolución. La degradación del medioambiente, la escasez de recursos, el aumento de la competencia, los avances tecnológicos y otros factores impulsan la necesidad de efectuar una reforma de manera periódica. La finalidad de la OMM es seguir siendo apta para cumplir los objetivos que se ha marcado y llevar a cabo su actividad de forma cada vez más ágil y rentable. El objeto de la reforma consiste en coordinar los sistemas de observación y la gestión de datos, normalizar las observaciones y las mediciones, facilitar mecanismos que fomenten la participación de los asociados ajenos a la comunidad de la OMM y armonizar los servicios para optimizar la adopción de decisiones e incrementar los beneficios socioeconómicos.

A continuación se enumeran algunas de las ventajas que podría reportar el proceso de reforma de la OMM:

 
  • enfoque del sistema Tierra: meteorología, climatología, hidrología, oceanografía, sismología, vulcanología, calidad del aire y gases de efecto invernadero;
  • servicios sin discontinuidad multirriesgos basados en los impactos: meteorológicos, climáticos, hidrológicos, aeronáuticos, marinos, agrícolas, urbanos, energéticos y sanitarios;
  • perspectiva global del ámbito climático: observaciones, servicios, ciencia, mitigación y adaptación;
  • integración de los servicios hidrológicos en las diferentes actividades de la OMM y generación de sinergias entre los ámbitos meteorológico e hidrológico;
  • participación coordinada y controlada del sector privado en las actividades de la OMM;
  • aprovechamiento óptimo de los recursos de los Servicios Meteorológicos e Hidrológicos Nacionales y la Secretaría, brindando así mayor apoyo a las actividades regionales.​

 

 

Resoluciones sobre la reforma de la gobernanza aprobadas por el Consejo Ejecutivo

En junio de 2018, en la 70ª reunión del Consejo Ejecutivo, el Grupo de Trabajo del Consejo Ejecutivo sobre Planificación Estratégica y Operacional de la OMM aprobó varias resoluciones. En virtud de la Resolución 35 (EC-70) se aprobó el establecimiento de los siguientes órganos permanentes que dependen del Consejo Ejecutivo:

  • Comité Consultivo en materia de Políticas (CCP)
  • Comité de Coordinación Técnica (CCT)

y se recomendó al Congreso el establecimiento del Grupo Consultivo Científico (anexo 4 a la Recomendación 25 (EC-70)) que deberá rendir informes al Congreso y al Consejo Ejecutivo.

Asimismo, el Consejo Ejecutivo, en su 70ª reunión, decidió reconsiderar la necesidad de establecer otros órganos dependientes del Consejo Ejecutivo y sus funciones, a la luz del establecimiento del CCP y el CCT; continuar examinando el asunto del número y la distribución de puestos en el Consejo Ejecutivo, remitido por el Congreso al Consejo Ejecutivo, en el próximo período financiero 2020-2023; y aplazar la puesta en práctica de esta decisión en lo que respecta al CCP y al CCT hasta la 71ª reunión del Consejo Ejecutivo.

Asociaciones regionales

Por conducto de la Resolución 6 (Cg-18) se decidió seguir revisando de manera continua los límites geográficos actuales de las asociaciones regionales durante el decimonoveno período financiero (2020-2023) para optimizar su eficacia y rendimiento; modificar el mandato general de las asociaciones regionales (véase más abajo); que las asociaciones regionales se reúnan con tanta frecuencia como sea necesario y que las sesiones plenarias se sigan celebrando en ciclos de cuatro años mejor coordinados para apoyar los ciclos de reuniones y de planificación del Congreso y que sean más productivas y útiles para sus Miembros y tengan por objeto definir las prioridades regionales y obtener resultados claros orientados a la adopción de medidas; que se aliente a las asociaciones regionales a que influyan en las estructuras pertinentes de las comisiones técnicas y a que se ajusten plenamente a ellas y a los objetivos estratégicos del Plan Estratégico de la OMM. Además, lograr unas estructuras armonizadas en todas las asociaciones regionales fomentaría enfoques comunes y una mayor cooperación entre Regiones.

Asimismo, en la Resolución se pidió:

  1. al Consejo Ejecutivo que supervise el examen continuo de las asociaciones regionales con miras a formular recomendaciones sobre su forma y función al Decimonoveno Congreso, y que informe a ese Congreso acerca del estado de aplicación de esa Resolución;
  2. a los presidentes de las asociaciones regionales que, con el apoyo de sus respectivos Grupos de Gestión, dirijan un examen exhaustivo de las actividades y los mecanismos de trabajo de sus asociaciones y presenten al Consejo Ejecutivo recomendaciones para mejorar los procesos y mecanismos a fin de intensificar la cooperación y las alianzas dentro las Regiones y entre ellas, promover la movilización de recursos y reforzar los planes para subsanar las carencias y deficiencias de capacidad existentes;
  3. a los presidentes de las asociaciones regionales que coordinen con los presidentes de las comisiones técnicas la elección de los expertos por los Miembros para garantizar las sinergias con los órganos regionales respectivos, un mejor aprovechamiento de los recursos y la comunicación de las necesidades regionales, y que cooperen con los otros órganos pertinentes de la Secretaría para establecer y poner en funcionamiento un proceso efectivo de seguimiento y evaluación del rendimiento que arroje una evaluación objetiva de la capacidad y el rendimiento logrados por cada Miembro y ponga de relieve asimismo las deficiencias críticas que han de subsanarse con carácter urgente. Además, se les pidió que actúen en estrecha coordinación con los presidentes de las comisiones técnicas y la Secretaría para comunicar las prioridades y las necesidades regionales a fin de que se tengan en cuenta en la labor de las comisiones técnicas, así como para realizar el seguimiento y la evaluación del rendimiento previstos de los centros e instalaciones regionales que prestan servicios a los Miembros, y que intensifiquen sus actividades de movilización de recursos con los organismos de desarrollo regionales, así como su función de promoción ante los gobiernos de los Miembros con respecto al apoyo financiero que necesitan los SMHN en tanto principales proveedores de información y servicios meteorológicos, climatológicos, hidrológicos y medioambientales conexos vitales.

En la Resolución se invitó a los Miembros a que apoyen y participen proactivamente en las actividades de cooperación regional que crean capacidad individual y colectiva para prestar servicios de calidad a la sociedad, mediante, entre otras cosas, acuerdos bilaterales y multilaterales para una prestación de servicios rentable, el intercambio de experiencias y la transferencia de conocimientos y competencias. Se pidió al Secretario General que adopte las medidas necesarias para garantizar la disponibilidad de recursos suficientes para el funcionamiento eficaz de las asociaciones regionales durante el decimonoveno período financiero.

Nuevas comisiones y otros órganos

En virtud de la Resolución 7 (Cg-18) se establecieron las siguientes comisiones y órganos nuevos para el decimonoveno período financiero:

  •  Comisión de Observaciones, Infraestructura y Sistemas de Información
  •  Comisión de Aplicaciones y Servicios Meteorológicos, Climáticos, Hidrológicos y Medioambientales Conexos
  •  Junta de Investigación sobre el Tiempo, el Clima, el Agua y el Medioambiente
  •  Junta Mixta de Colaboración OMM/COI
  •  Grupo Consultivo Científico

  

La Resolución estipula que el principio fundamental de trabajo de las nuevas comisiones debería ser la inclusión del tiempo, el clima, el agua y otras esferas medioambientales pertinentes abarcadas por la finalidad constitucional de la OMM. Asimismo, señala que, habida cuenta del carácter multidisciplinario y el mayor volumen de trabajo, la composición y los arreglos de trabajo de las nuevas comisiones deberían definirse de forma tal que exista una representación equilibrada de las disciplinas pertinentes y una participación activa y equilibrada de las Regiones y que se tengan en cuenta consideraciones de género.

Las dos comisiones técnicas iniciarán su labor tan pronto como sea posible de conformidad con el Plan de Transición (véase la Resolución 36 (EC-70)). El presidente de cada una de las comisiones nuevas y sus vicepresidentes serán elegidos por el Congreso de entre los presidentes y vicepresidentes actuales de las comisiones técnicas, como una medida única destinada a acelerar la transición a la nueva estructura de las comisiones técnicas. Una vez finalizado el período de transición, se disolverán las actuales comisiones técnicas en funcionamiento durante el decimoctavo período financiero, a saber:

  • Comisión de Sistemas Básicos (CSB)
  • Comisión de Instrumentos y Métodos de Observación (CIMO)
  • Comisión de Hidrología (CHi) (pendiente de las recomendaciones que se formularán en la reunión extraordinaria de la CHi)
  • Comisión de Ciencias Atmosféricas (CCA)
  • Comisión de Meteorología Aeronáutica (CMAe)
  • Comisión de Meteorología Agrícola (CMAg)
  • Comisión Técnica Mixta OMM/COI sobre Oceanografía y Meteorología Marina (CMOMM)
  • Comisión de Climatología (CCl)

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